lunes, 10 de octubre de 2011

Obligaciones Alternativas y Obligaciones Facultativas

3 comentarios:

  1. Buenas Noches compañero!

    Estaba observando su trabajo y me llamo mucho la atencion lso ejemplos que menciono en ambos tipos de obligacion, creo que la definicion que usted esta ofreciendo es muy concisa. No obstante, pienso que hubiera sido bueno mencionar un poco mas sobre caracteristicas de cada una o diferencias que son realmente importantes para una mejor comprension del tema.

    Saludos,

    ResponderEliminar
  2. Hola Mauricio, con mucho gusto le contesto su consulta

    En la obligación facultativa el acreedor no puede exigir, reclamar o escoger la cosa que es el objeto de la prestación sustitutiva, por lo tanto recae sobre el deudor. El campo del deudor es menos gravoso ya que el tiene la posibilidad de dar en pago algo del mismo género de acuerdo a su voluntad y el acreedor tiene que aceptarlo. En el caso de que exista una imposibilidad de la prestación, se extingue la obligación. Según don Alberto Brenes Córdoba cuando la cosa debida facultativamente, PERECE sin culpa del deudor no constituido en mora, la pérdida cede en perjuicio del acreedor, quedando en consecuencia el obligado libre de su compromiso por completo.

    Ejemplo 1:
    Mauricio contrae con Margarita una obligación facultativa, donde convienen entre ambos desde el inicio, que Margarita (deudor) puede sustituir el primer objeto de la obligación por otro objeto de su mismo genero. El objeto de la obligación, inicialmente es una vaca. Cuando se vence el plazo, Margarita le entrega a Mauricio un cerdo, y Mauricio por el tipo de obligación esta obligado a aceptarlo.

    Ejemplo 2:
    Mauricio contrae con Margarita una obligación facultativa, donde convienen entre ambos desde el inicio, que Margarita (deudor) puede sustituir el primer objeto por otro objeto de su mismo genero. El objeto de la obligación, inicialmente es una vaca. En la finca de Margarita ocurre una peste que mata todos los animales de su finca. El plazo no ha vencido. Ya que esta dentro del plazo y sus animales perecieron, Margarita queda libre de la obligación por haber pactado una obligación facultativa.


    1. La obligación se pacta como facultativa desde el inicio
    2. Es menos onerosa para el deudor ya que puede sustituir el objeto de la prestación
    3. El objeto es del mismo genero
    4. El campo de garantía del acreedor es menor ya que esta obligado a aceptar la sustitución, y si existiera la imposibilidad de la prestación por parte del deudor se extingue la obligación.



    Apartándonos de la materia he observado que sus comentarios de retroalimentación, son solo consultas a los compañeros. Recuerde que la retroalimentación es una forma de intercambiar información entre todos, para que aprendamos.
    Formas de retroalimentación pueden ser, agregando cosas importantes que tal vez él no notó, explicar algo que no está claro, aclarárselo en el caso de que uno comprenda bien que significa, podríamos hasta reconocer que hizo un excelente trabajo. Se trata de ayudarnos para que la materia que no es fácil se nos haga entendible. En su caso que es una persona avanzada en la carrera considero que podría agregarle muchas cosas buenas a los trabajos de quienes apenas estamos empezando. No me mal entienda, las consultas, también son una forma de retroalimentación, pero siempre y cuando usted las complemente.

    Saludos

    ResponderEliminar
  3. Mauricio

    Considero importante el comentario que realiza su compañera Yoselyn. Además, hay que corregir la tabla porque en ambos casos indicó obligaciones alternativas, sin que identifique claramente cuales son las facultativas.

    Ian.

    ResponderEliminar